Por Itziar Pernia, socia fundadora de Legal por Naturaleza.
Llevamos años asesorando a multitud de personas en casos de renuncia o aceptación de la herencia y una de las cuestiones más importantes, a la hora de decidir, es la existencia de deudas en la herencia.
«En marzo 2021 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que es importante conocer, puesto que se trata de la excepción por la que se permite al heredero renunciar a la herencia una vez que la ha aceptado, y es porque descubra que había deudas que en el momento de fallecimiento se desconocían».
Antes de renunciar a la herencia, debes saber que es una decisión irrevocable y que afecta también a tus herederos.
Por ejemplo, si renuncias a la herencia de tu madre, tus hijos tampoco recibirán su herencia, salvo que entre el juego la sustitución por haberse regulado en el testamento por parte de tu madre.
«La renuncia a la herencia debe ser expresa y debe realizarse en escritura pública ante notario».
Además, debes tener en cuenta que, si renuncias a la herencia, renuncias a los bienes y a las deudas. Por lo tanto, la regla general es que no se puede renunciar a la herencia una vez que se ha aceptado, puesto que la renuncia es un acto previo e irrevocable, al igual que sucede con la aceptación de la herencia. Lo que sí que se puede hacer es que uno de los herederos transmita su parte al resto, por lo que el resto de herederos recibirán un porcentaje adicional del heredero que renunció.
Una de las dudas más frecuentes en estos casos, consiste en saber qué ocurre con esa herencia a la que se ha renunciado.
Pueden darse dos circunstancias:
- Que el testador haya nombrado un sustituto para el caso en que el heredero renuncie o haya fallecido.
- Si no hay sustitución regulada en el testamento, la herencia se reparte por orden de sucesión.
¿Qué ocurre en el caso en el que salgan a la luz deudas, una vez aceptada la herencia?
En la sentencia del Tribunal Supremo que da la razón al heredero para renunciar y, por tanto, sienta un precedente con la excepción a la renuncia, se produjeron las siguientes circunstancias:
- El heredero aceptó la herencia.
- Una vez aceptada la herencia, transcurrió un tiempo y se descubrió que existía un documento por el que se reconocía una deuda por parte del fallecido y que ese documento debía surtir efecto a partir de su muerte. El heredero desconocía la existencia de ese documento.
- La sentencia del Tribunal Supremo considera que el heredero habría renunciado a la herencia si hubiera conocido la existencia de la deuda desde el inicio.
- Como consecuencia de todo lo anterior, el Tribunal Supremo declara la nulidad de la aceptación de la herencia, ya que considera que el heredero ha padecido un error determinante, esencial y excusable.
Tal y como has visto, es fundamental conocer las deudas de la herencia antes de aceptarla o renunciar a ella. Por ello, siempre debes contar con la ayuda de un abogado especialista en herencias que te ayude a investigar el patrimonio y decidir sobre la aceptación o renuncia si existen deudas.
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