“No se puede celebrar ningún contrato de seguro de vida si no está identificado el titular real”

“No se puede celebrar ningún contrato de seguro de vida si no está identificado el titular real”

Redacción ‘MS’- Fundación Inade ha celebrado recientemente, en colaboración con su promotora la consultora Inade, su primer Aula Inade de este ejercicio, dedicada a analizar los requisitos de la información del titular real. Así lo manifiesta la Fundación a través de un comunicado.

Presentó esta jornada el director de Fundación Inade, Adolfo Campos Carballo, y participó como ponente experto en la materia Isidoro Calvo Vidal, notario del Ilustre Colegio Notarial de Galicia y delegado del Consejo General de Notariado Español para asuntos de la Unión Europea.

La sesión comenzó con un repaso legislativo de la obligación de identificar al titular real, que surge en el año 2010 con la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo. Esta ley sufrió una importante modificación en abril de 2021, con la que se amplió esta obligación a todas las sociedades mercantiles, fundaciones y asociaciones.

No solo es importante obtener dicha información, sino que también es necesario tenerla actualizada y conservarla durante un periodo de diez años desde el cese de la condición de titular real”, aclaró Calvo. Asimismo, el ponente recordó qué información han de aportar los titulares reales para su identificación y quién la tiene que conservar.

Otro tema en el que enfatizó Isidoro Calvo fue la puesta en marcha del Registro de Titulares Reales del Ministerio de Justicia que, según el Real Decreto-ley de abril debería de ser accesible desde octubre de 2021 y que, a día de hoy, sigue sin estar disponible.

A continuación, Isidoro Calvo resolvió las dudas de los asistentes y, teniendo en cuenta que su mayoría eran distribuidores de seguros, quiso recordarles que “no se puede celebrar ningún contrato de seguro de vida si no está identificado el titular real”. Sin embargo, Adolfo Campos, apuntó que, a pesar de ser una obligación recogida por la normativa desde hace 12 años, no se viene aplicando en la práctica y este incumplimiento de la ley conlleva a una infracción grave.