María Esther González, abogada de ARAG, explica todos los aspectos legales que se deben tener en cuenta para realizar un negocio desde casa.
Para poder llevar a cabo un negocio desde nuestra vivienda, debemos plantearnos varias cuestiones legales que se deben tener en cuenta para iniciar la actividad económica dentro de la legalidad.
En el caso de que se pretenda ejercer un negocio en casa, se deberá realizar una revisión de las normas de la Comunidad de Propietarios. En principio, la Ley de Propiedad Horizontal establece una prohibición genérica de realizar actividades molestas, insalubres, nocivas o ilícitas desde el edificio. Si los estatutos no establecieran ninguna restricción adicional, se va a poder iniciar un negocio desde el inmueble.
Un segundo paso que deberemos dar es comunicarnos con el Ayuntamiento para informarnos de si es necesaria la obtención de alguna licencia administrativa. En general, son obligatorias para actividades que impliquen la atención al público, almacenamiento de productos o que pueda generar molestias a los vecinos.
«Para poder llevar a cabo un negocio desde nuestra vivienda, debemos plantearnos varias cuestiones legales que se deben tener en cuenta para iniciar la actividad económica dentro de la legalidad».
A continuación, debemos informar a Hacienda de qué vamos a realizar y dónde lo vamos a hacer. Nos referimos a la presentación del modelo 036/037 de alta de actividad y alta de obligaciones fiscales. Se trata de un formulario al que podemos acceder a través de la página web de Hacienda, en el apartado de “Censos, NIF y domicilio fiscal”. En ese formulario tendremos que ofrecerle a Hacienda todas las explicaciones acerca del tipo de actividad que vamos a ejercer en nuestro hogar y qué obligaciones fiscales se van a derivar de dicha actividad.
Una vez tengamos presentado el modelo 036/037 podremos acudir a la Seguridad Social para darnos de alta como autónomos. Será necesario rellenar el formulario TA.0521 en el que se solicitarán varios datos personales: información personal, el alta de la actividad económica, la base de cotización o la mutua colaboradora con la Seguridad Social, entre otros.
En este momento ya tendremos un negocio en casa plenamente legal. Como se puede comprobar, sí es posible tener un negocio en nuestra casa, pero, eso sí, cumpliendo con toda la burocracia para hacerlo legalmente.