¿Qué multas de tráfico se pueden recurrir?

¿Qué multas de tráfico se pueden recurrir?

Jordi Marí, abogado de ARAG

Si nos han puesto una multa de tráfico que nos puede parecer injusta es posible presentar alegaciones en contra. Sin embargo, tenemos que valorar si estas razones van a poder o no prosperar, pues el hecho de presentarlas supone que estamos renunciando a la bonificación del 50% del importe de la sanción por pronto pago. Al recibir la denuncia de tráfico hay que tener en cuenta las cuestiones de fondo y de forma para valorar si es viable reclamar o no.

Reclamar una multa por cuestiones de fondo

Las cuestiones de fondo hacen referencia a la infracción presuntamente cometida. La Ley de Seguridad Vial establece que los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tienen presunción de veracidad en su palabra, salvo prueba de lo contrario. Esto significa que corresponde al denunciado acreditar que no ha cometido la infracción. Por ello es bueno conseguir pruebas para poder rebatir la palabra del agente cuando hemos sido denunciados y no estamos de acuerdo con esta denuncia, por ejemplo, en casos como:

  • Multas por mal estacionamiento. Si nos sancionan por mal estacionamiento, pero consideramos que la zona no está bien señalizada, conviene tomar una fotografía del lugar de la denuncia para acreditar nuestra versión.
  • Multas por exceso de velocidad. Aquí hay que atender a las pruebas que nos aportan, como la fotografía captada por el radar o que sea correcto el certificado de homologación y verificación periódica del aparato.
  • Multas por alcoholemia. En las sanciones por alcoholemia, la viabilidad de las alegaciones también dependerá, fundamentalmente, de que las pruebas se hayan practicado correctamente y el etilómetro con el que nos han realizado la prueba de alcoholemia esté homologado y con la revisión en vigor.

Reclamar una multa por cuestiones de forma

En cuanto a la forma, son viables las reclamaciones en caso de que:

  • La denuncia esté incompleta o alguno de los datos que contenga sea incorrecto (fecha, lugar, matrícula, etc.). Sin embargo, cabe la posibilidad que la Administración subsane el defecto en un plazo determinado según la calificación de la multa sea leve, grave o muy grave.
  • Exista algún error en la tramitación del expediente por parte de la Administración. Nos referimos a supuestos como la prescripción de la infracción, caducidad del expediente o, por ejemplo, un error en las notificaciones practicadas.

¿Cómo y dónde reclamar una multa?

Si recibimos una multa y decidimos que queremos recurrirla, deberemos redactar un escrito especificando las causas por las que creemos que la sanción no es válida. Deberemos dirigirlo a la Dirección General de Tráfico (DGT) o a la entidad que ha emitido la multa (por ejemplo, al ayuntamiento correspondiente). Cómo hemos comentado anteriormente, es muy importante adjuntar todas las pruebas que tengamos para verificar los hechos.