Redacción ‘MS’- Markel España recuerda que con la entrada en vigor el próximo 15 de Octubre de 2021 de la prioridad 3 de la ley de Responsabilidad Medioambiental 26/2007 se consolidará finalmente el marco que regula a todos aquellos operadores económicos sujetos a constituir la garantía financiera obligatoria.
Dicha obligación viene determinada entre otras cosas por el tipo de sector y de actividad que desarrolla el operador económico y el potencial daño medioambiental que pudiera causar en caso de que se produjese un accidente fortuito.
La entrada en vigor de la citada prioridad 3 trae como novedad la introducción de 56 categorías industriales las cuales aglutinan a 156 nuevas actividades lo que afectará a miles de empresas del sector industrial nacional, dado que hasta la fecha no estaban obligadas a realizar un análisis de riesgo medioambiental (ARMA) y, por tanto, a contratar la garantía financiera obligatoria marcada por la ley en los casos previstos en la misma.
«Por ello, nos encontramos en un momento crucial en el que la labor de asesoramiento e información hacia dichos operadores cobra especial importancia, ya que afrontan nuevas responsabilidades y muchos de ellos lo desconocen.
Recordemos así mismo que el régimen administrativo que regula esta ley es objetivo e ilimitado, y se basa en el principio de quien contamina paga en la búsqueda del interés común que es la protección del medioambiente».
Markel España.
Los siniestros medioambientales tienen baja frecuencia pero una alta severidad y un periodo de desarrollo hasta el fin de su gestión de alrededor de 2 años de media.